Seguidores

Edita con nosotros

martes, 23 de agosto de 2016

Premio Nacional de Literatura - Un galardón no exento de polémicas



El Premio Nacional de Literatura tuvo sus orígenes en la preocupación nacida en la Sociedad de Escritores por la orfandad social en la que vivían los escritores chilenos. Esta orfandad a la que aludían se refería básicamente a la incapacidad de vivir de sus derechos editoriales...
El Premio Nacional de Literatura tuvo sus orígenes en la preocupación nacida en la Sociedad de Escritores por la orfandad social en la que vivían los escritores chilenos. Esta orfandad a la que aludían se refería básicamente a la incapacidad de vivir de sus derechos editoriales y de ser parte de los trabajadores que no estaban protegidos por las leyes previsionales y que no contaban con beneficios asistenciales.


En consideración de las circunstancias, durante el transcurso del año 1940 la Sociedad de Escritores, respaldada por un grupo de parlamentarios de avanzada y un grupo de intelectuales con cargos en el gobierno, se abocó a la tarea de preparar un pre-proyecto de ley que concretara estas ideas. Éste llegó a manos del presidente Pedro Aguirre Cerda, quien fue su más comprometido defensor, ordenando redactar la ley que instituyera dicha distinción. Sin embargo, falleció antes de terminar su tan ansiado proyecto.

El Premio Nacional de Literatura tuvo entonces, que esperar hasta el gobierno de Juan Antonio Ríos para ser promulgado como ley de la República. Así, la Ley Nº 7368, promulgada el 9 de noviembre de 1942 por el Presidente Ríos, dejó constancia de la institucionalización del Premio Nacional como homenaje al centenario del Movimiento Literario de 1842.

Las disposiciones consignadas en el texto oficial establecieron, en primer lugar, que la distinción sería otorgada a quien haya consagrado su vida al ejercicio de las letras y a quien haya recibido la consagración por el juicio público. En segundo lugar, que constaría de un diploma, una suma equivalente a 50 sueldos vitales mensuales del departamento de Santiago, la que sería entregada a partir del 1º de enero del año siguiente al de su entrega; y una pensión vitalicia de 8 sueldos mensuales del departamento de Santiago. Por último, que el jurado estaría compuesto por tres miembros: el rector de la Universidad de Chile, quien lo presidiría, un representante del Ministerio de Educación Pública y un delegado de la Sociedad de Escritores de Chile. Desde el año 1960, se amplió el jurado incluyendo un segundo representante de la Sociedad de Escritores de Chile y un miembro de la Academia Chilena de la Lengua.

Estas disposiciones no han sufrido mayores modificaciones; sin embargo, el 10 de octubre de 1974, en el Diario Oficial de la República se estableció que el Premio Nacional de Literatura sería entregado cada dos años, en forma indivisible, al escritor cuya obra se hiciera merecedora de tal en los géneros de poesía, novela, cuento, teatro, ensayo y crítica literaria. Quedó constancia también en la ocasión que las instituciones de reconocida solvencia intelectual en la materia, tres o más personas que hayan sido premiadas o las facultades universitarias pertinentes, podrían proponer candidatos. Las propuestas deberían ser entregadas en la Secretaría del Instituto de Chile, con un informe documentado, tres meses antes de la fecha de entrega del galardón. Y, por último, se estableció también que los miembros de la Sociedad de Escritores de Chile dejarían de pertenecer al jurado.


El 26 de septiembre de 1992, el Ministerio de Educación Pública promulgó una serie de reformas respecto de la entrega de los Premios Nacionales. Así por ejemplo, el Artículo 9, señaló que "se agrega al jurado un académico designado por el consejo de Rectores elegido entre el resto de las universidades que lo integran y un representante de la Academia Chilena de la Lengua". En tanto que el Artículo 11 estipuló que "el jurado podrá declarar desierto el Premio que estabece esta ley, sin expresión de causa alguna". Además en el Artículo 12 se dió a conocer que los premios nacionales se otorgarán en número de cinco y seis, respectivamente, correspondiendo al Premio Nacional de Literatura los años pares, junto con: Ciencias Naturales, Ciencias Aplicadas y Tecnologías, Historia y Artes Musicales. Por último, el artículo 17 estableció que el premio consistirá en un diploma, "una suma ascendente a 6.562.457 pesos, cantidad que se reajustará anualmente, a contar del año 1993, en el porcentaje correspondiente a la variación del Indice de Precios al Consumidor experimentada durante el calendario anterior", además de "una pensión vitalicia que, a partir del 1 de enero de 1991, será equivalente a 20 unidades tributarias mensuales calculadas según el valor que dicha unidad tenga al mes de enero de cada año, tanto para los actuales beneficiarios como para los futuros galardonados".

No hay comentarios:

Literatura en TV